1.- • d) Nombrar los altos cargos de la Comunitat Valenciana que las Leyes determinen.
2.- • e) Nombrar representantes del Consell en las instituciones y entidades que legalmente corresponda.
3.- • b) La planificación y desarrollo de la política valenciana.
4.- Nombrar y separar a los altos cargos de la Administración de la Generalitat, a propuesta del conseller correspondiente.
5.- Establecer las directrices generales de la acción del Consell
6.- Nombrar y separar a los Vicepresidentes y Consellers
7.- Designar o proponer, en su caso, al Gobierno del Estado las personas que han de formar parte de los órganos de la Administración de las Empresas públicas u otras Instituciones de carácter económico o financiero de titula
8.- Adoptar el previo acuerdo sobre la disolución de Les Corts que pueda plantear el President de la Generalitat, según el artículo 28.4 del Estatut d'Autonomia
9.- Establecer las directrices generales de la acción del Consell
10.- Coordinar el programa legislativo del Consell
11.- Previa deliberación del Consell, plantear ante Les Corts, en escrito motivado, la cuestión de confianza sobre su programa, una decisión política o un proyecto de ley, conforme se establece en el artículo 30 del Estatut d
12.- Disolver Les Corts y convocar elecciones a las mismas, previo acuerdo del Consell
13.- Proponer, en el marco de la legislación estatal, la celebración de consultas populares en el ámbito de la Comunitat Valenciana, sobre cuestiones de interés general en materias autonómicas o locales.
14.- Reglamentar e inspeccionar el funcionamiento de las Diputaciones Provinciales, Organismos e Instituciones y demás entes locales, en cuanto que ejecuten competencias delegadas de la Generalitat
15.- dirigen y coordinan los centros directivos que se adscriben bajo su dependencia y responden, ante el titular del que dependan, de la gestión de aquellas materias que les sean atribuidas
16.- Resolver los recursos que se interpongan contra las resoluciones de los centros directivos que estén bajo su dependencia y cuyos actos no agoten la vía administrativa
17.- Informar al personal directivo de cada conselleria de la procedencia legal y viabilidad económica de sus programas de actuaciones
18.- Dirigir y supervisar la gestión de la secretaría general administrativa
19.- Impulsar y coordinar la consecución de los programas y la ejecución de los proyectos que desempeñen los centros directivos que estén bajo su dependencia, controlando y supervisando el cumplimiento de los objetivos que fijen el
20.- llevará a cabo la inspección de todos los servicios de su ámbito, ostentando la jefatura de todo el personal
21.- subsecretarios tienen competencia respecto a los servicios comunes, la supervisión y recopilación de documentos, y asistencia en las materias propias de cada conselleria,
22.- Dirigir y gestionar los servicios y resolver los asuntos que le asigne el reglamento orgánico de la conselleria o que el conseller o el secretario autonómico encomiende a su incumbencia.
23.- Proponer a sus órganos superiores la resolución que estime procedente en asuntos que sean de su competencia y cuya tramitación corresponde a la dirección general.
24.- Proponer a sus órganos superiores la resolución que estime procedente en asuntos que sean de su competencia y cuya tramitación corresponde a la dirección general.
25.- Ejercer las competencias en materia de acción exterior atribuidas por el artículo 62 del Estatut d'Autonomia